Visa países amigos convenio República de Panamá

Paises Amigos

Mediante decreto ejecutivo 343 del 2012 se creó la visa de Extranjeros Nacionales de Países Específicos que mantienen Relaciones Amistosas, Profesionales, Económicas y de Inversión con la República de Panamá.

Lista de países amigos:

  • Alemania
  • Estonia
  • Nueva Zelanda
  • Andorra
  • Finlandia
  • Países Bajos
  • Argentina
  • Francia
  • Polonia
  • Australia
  • Grecia
  • Portugal
  • Austria
  • Hong Kong
  • Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
  • Bélgica
  • Hungría
  • República Checa
  • Brasil
  • Israel
  • República de Irlanda
  • Canadá
  • Japón
  • República Eslovaca
  • Chile
  • Latvia
  • San Marino
  • Chipre
  • Liechtenstein
  • Serbia
  • Corea
  • Lituania
  • Singapur
  • Costa Rica
  • Luxemburgo
  • Sudáfrica
  • Croacia
  • Malta
  • Suecia
  • Dinamarca
  • Mónaco
  • Suiza
  • España
  • Montenegro
  • Taiwán
  • Estados Unidos
  • Noruega
  • Uruguay 

Requisitos:

  • Poder y Solicitud, firmado por el extranjero y el representante legal (notariado y con sus respectivos timbres fiscales).
  • Tres fotografías tamaño carné.
  • Copia del pasaporte debidamente cotejada por Notario Público o autoridad competente.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen o residencia, debidamente apostillado.
  • Certificado de salud.
  • Cheque certificado por doscientos cincuenta balboas con 00/100 (B/.250.00), a favor del Tesoro Nacional.
  • Cheque certificado por ochocientos balboas con 00/100 (B/.800.00), a favor del Servicio Nacional de Migración.
  • Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
  • Documentación que demuestre la finalidad de requerir su residencia permanente, según la actividad económica o profesional a realizar.
  • Prueba de solvencia económica del solicitante que se demostrará aportando lo siguiente:
    • Certificación bancaria o estado de cuenta del último mes que refleje saldo no inferior a cuatro cifras medias
    • u otro documento que demuestre sus ingresos y que sea aceptable al Servicio Nacional de Migración.
  • Copia del documento de identidad o carné de residencia de su país.
  • Carta de responsabilidad, si procede , debidamente notariada.
  • Certificación que compruebe el parentesco, en caso de tener dependientes.
  • El dependiente hijo mayor de 18 y menor de 25 años, podrán ser solicitados como dependientes, siempre que demuestren que estudien de manera regular y se encuentran bajo dependencia económica del solicitante. Deberá presentar certificado de soltería o declaración notariada de soltería.

Fuente:(SNM)

Ernesto Chong de León, Ernesto Emilio Chong Coronado