El sector privado objetó la revisión y congelación de cuentas bancarias por parte del Tribunal Electoral en la Comisión Nacional de Reformas Electorales.
Una caja de pandora abrirá la Asamblea Nacional de Diputados al discutir lasreformas electorales, ya que éstas autorizan a los tres magistrados del Tribunal Electoral (TE) a revisar cuentas bancarias de los candidatos que pudiesen recibir contribuciones privadas e inclusive congelarlas.
Las reformas al Código Electoral en su artículo 190 F facultan al TE para auditar las cuentas bancarias que manejen los candidatos para recibir contribuciones privadas; así como aquellas otras cuentas bancarias que sean denunciadas o sobre las cuales el TE tenga indicios de que han sido utilizadas o se están utilizando para beneficiar o adversar la campaña de algún candidato.
Mientras que otra parte del mismo artículo dice que el pleno del TE podrá ordenar el secuestro y eventual decomiso de cuentas bancarias vinculadas directa o indirectamente a una campaña electoral y que contra el secuestro cabe el recurso de reconsideración en el efecto devolutivo.
Recientemente, los magistrados del TE presentaron ante la Asamblea Nacional el paquete de modificaciones al Código Electoral y aunque el magistrado Erasmo Pinilla reconoció que es una facultad constitucional de los diputados modificar lo presentado, adelantó que fue un trabajo “consensuado” de la Comisión Nacional de Reformas Electorales.
Entretanto, el abogado penalista y exfiscal electoral Víctor Almengor dijo a Panamá América que los magistrados del TE están “rebasando” sus facultades legales y constitucionales, ya que el Ministerio Público es el ente encargado de ordenar las revisiones y cautelaciones de cuentas bancarias en casos penales.
Explicó que si los magistrados del TE encuentran algo relacionado con lavado de dinero de algún candidato a puesto de eleción popular su deber es remitir copias a la Procuraduría General de la Nación y no ordenar cautelaciones. Calificó los artículos de “graves”.
“Su facultad es electoral netamente y no penal. Para eso está el Ministerio Público y el Órgano Judicial”, comentó Almengor.
Paralelamente, el exfiscal y abogado Armando Fuentes dijo que los artículos abrirán un gran debate nacional sobre el tema porque la Constitucion Nacional establece las facultades legales de las instituciones y las excepciones las regula la ley.
Subrayó que en los expedientes penales el Ministerio Público es el ente que ordena revisar y congelar el patrimonio económico de las personas o grupos mientras que en los casos civiles son los juzgados que tramitan esas esferas.
Fuentes comentó que los artículos podrían ser demandados por inconstitucionalidad en la Corte Suprema de Justicia (CSJ) por cualquier abogado.
Por su parte, el exvicepresidente de la República, expresidente de la Asamblea Nacional y tres veces diputado Arturo Vallarino manifestó que se trata de un“exceso” de reglamentar las atribuciones del TE y las campañas electorales, ya que es un asunto político y el TE podria tomar acciones contra determinadas facciones políticas.
Vallarino sostuvo que el TE está inclinado al candidato ganador de las elecciones presidenciales de 2014, además que todos los convenios internacionales firmados por Panamá establecen que existe el derecho a apelación y en el caso de las decisiones del TE se vulnera porque no tiene segunda instancia que cambie un fallo.
“Con más razón yo creo que es peligroso para el Tribunal Electoral tener este tipo de atribuciones. En todo caso creo que se podría tomar alguna medida para que a través de los tribunales ordinarios se puedan comprobar el cumplimento de las normas relacionadas con el financimiento electoral”, resaltó.
Fuente: www.panamaamerica.com.pa/